Preguntas frecuentes sobre IVA

  • ¿Está sujeta a IVA la suscripción por parte de la Universidad de Granada a una revista electrónica de EEUU? ¿Qué IVA se le aplicaría?

    • Tal y como establece la Consulta Vinculante de la DGT V0365-09 de 23-02-09, la suscripción estaría sujeta al IVA español, por inversión del sujeto pasivo, por tanto, la Universidad de Granada debe autorrepercutirse el tributo, y proceder a la liquidación del impuesto.

    • El tipo impositivo aplicable sería el tipo general (21%).

  • ¿Cuando se produce el devengo del IVA y qué tipo de IVA se aplica en caso de que la normativa haya modificado los tipos a aplicar?

    • El tipo de IVA aplicado dependerá de cuándo se produzca el devengo del impuesto. Por norma general, el devengo se producirá en el momento en que se preste, ejecute o efectúe la operación gravada.

    • No obstante, existen excepciones, como es el caso de las operaciones que originen pagos anticipados anteriores a la realización del hecho imponible, donde el impuesto se devengará en el momento del cobro total o parcial del precio por los importes efectivamente percibidos.

  • ¿Cuál es la cuantía máxima para los gastos de menor cuantía que pueden tramitarse como GASTOS MENORES?

    • Los gastos de menor cuantía vienen recogidos en el artículo 103 de las Bases de Ejecución del Presupuesto (aquellos que no superen el importe de 60 euros).

  • Respecto a la presentación de facturas en concepto de dietas: ¿Es necesario consignar el NIF de la Universidad en las facturas de ALOJAMIENTO o sólo en las inscripciones a congresos?

    • Refiriéndonos a indemnizaciones por razón de servicio de personal integrado en la Universidad de Granada, ya sea mediante una relación laboral o estatutaria, para poder deducir el IVA soportado de las facturas de alojamiento sería necesario consignar los datos fiscales de la UGR.